LA VOZ DE GALICIA / El juzgado de lo Social número 6 de A Coruña dictaminó, en dos sentencias, que el despido llevado a cabo por Tepol Seguridad de la totalidad de la plantilla de vigilantes de la fábrica de armas no cumplía con los criterios para considerarlo objetivo, al entender que las causas alegadas por la empresa no tienen la naturaleza económica que exige el Estatuto de los Trabajadores.
Ante el dictamen de las sentencias, Tepol Seguridad ha optado por readmitir a los dos trabajadores, que desde ayer a las 15.00 horas han vuelto a reincorporarse a sus antiguos puestos de trabajo. Además, la reincorporación de ambos empleados se ha efectuado con las mismas condiciones que regían con anterioridad y con el correspondiente abono de los salarios de tramitación desde la fecha de despido...
Fuente: www.lavozdegalicia.es
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