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jueves, 6 de agosto de 2020

Cómo rellenar el modelo 145 para que calculen bien las retenciones en tu nómina

Cada vez que cambias de empresa hay una serie de documentos que tienes que firmar. Uno de ellos es el modelo 145 de comunicación de datos al pagador, que se utiliza para calcular bien las retenciones de tu nómina

De hecho, ni siquiera hace falta cambiar de trabajo para tener que rellenarlo. Es algo que se hace cada año y que después tendrá su repercusión en el resultado de la declaración de la renta.

Qué es el modelo 145 para el cálculo de retenciones de IRPF

El Modelo 145 de comunicación de datos al pagador para las retenciones sobre rendimientos de trabajo en el IRPF es uno de lo más extendidos y también de los más importantes para la posterior declaración de la renta.

Con este modelo informas a tu empresa sobre tus datos familiares y personales para que esta pueda después calcular la retención de IRPFque aplicará en tus nóminas. Es decir, la empresa va a calcular las retenciones de IRPF en base a los datos que aparezcan en él.

Estas retenciones son el porcentaje de tu salario que cada mes adelantas a Hacienda en previsión de lo que después tendrás que pagar del IRPF en la renta. Al hacer la declaración, la Agencia Tributaria comparará el resultado de la renta con las retenciones que ya has abonado. Si te han retenido más de la cuenta, te devolverá la diferencia y si te han retenido menos, serás tú quien pagues.

¿Cuándo presentar el modelo 145 de la AEAT?

Es obligatorio rellenar y entregar el modelo 145 de comunicación de datos al pagador todos los años el primer día del año. Con el cambio de ejercicio fiscal, la empresa necesita actualizar los datos de sus empleados para calcular las retenciones de IRPF que les va a aplicar en las nóminas.

En este sentido, la empresa tiene la obligación de calcular las retenciones adecuadamente, pero solo en base a los datos que tú le has facilitado. Es decir, si la información que les has dado no es correcta, la responsabilidad de que las retenciones estén mal calculadas será tuya.

Por eso mismo, el primer día de año no es el único momento en el que hay que entregar el modelo 145 de la AEAT. También debes rellenarlo en estos otros casos:

  • Cuando entras a trabajar en una nueva empresa.
  • Ante cualquier cambio en tus circunstancias personales que afecten al porcentaje de retención, como cuando eres padre, tienes una incapacidad, pasas a ser familia numerosa o empiezas a tener a personas mayores a tu cargo.

Cómo descargar y rellenar el modelo 145

Lo más habitual es que sea tu empresa quien te facilite el modelo 145 a finales de año o durante el proceso de contratación. Del mismo modo, si necesitas rellenarlo porque han cambiado tus circunstancias, también puedes pedírselo y lo habitual es que te lo faciliten.

En cualquier caso, también puedes conseguir y descargar el modelo 145 de retenciones de IRPF en la página web de Hacienda a través deeste enlace.

El modelo 145 se descarga en formato PDF, que podrás después imprimir y rellenar.

Modelo 145 de Hacienda

Cumplimentar el modelo 145 es muy sencillo. El documento se divide en siete apartados, aunque los dos últimos son simplemente el de fecha y firma y el de acuse de recibo por parte de la empresa.

Los cinco primeros apartados son los más importantes para calcular tus retenciones de IRPF. Son los siguientes:

  • Datos personales y situación familiar. Aquí debes incluir tu nombre, apellidos, DNI y tu situación personal, como por ejemplo si tienes algún tipo de discapacidad, si puedes aplicar la deducción por movilidad geográfica… Y es que ambos elementos sirven para pagar menos en el IRPF y la empresa los usará para ajustar tus retenciones en el modelo 145. Aquí también debes indicar tu situación familiar dentro de las tres alternativas que ofrece Hacienda. A saber:
    • Situación 1. Personas solteras, viudas, divorciadas o separadas con hijos menores de 18 años o mayores discapacitados sujetos a patria potestad.
    • Situación 2. Personas casadas cuyo cónyuge obtenga rentas superiores a 1500 €. También se incluyen las personas con hijos.
    • Situación 3. Todos los contribuyentes que no caigan en las otras dos situaciones.
  • Hijos y descendientes. Si tienes hijos menores de 25 años que no tengan ingresos superiores a 8000 € o mayores de 25 años con discapacidad, debes ponerlos aquí. Así la empresa sabrá cuál es tu mínimo familiar y personal en la renta para adaptar las retenciones en tu nómina.
  • Ascendientes mayores de 65 años o menores de esa edad con discapacidad, siempre que convivan contigo. Como en el caso anterior, este dato alterará el mínimo personal y familiar, lo que afectará al resultado de la renta y, por lo tanto, a las retenciones que deben practicarte.
  • Pensiones compensatorias. En caso de pagar una pensión compensatoria a favor del cónyuge o anualidades por alimentos en favor de los hijos, debes reflejarlas, pero solo si son fruto de una decisión judicial. Si es un acuerdo verbal entre las partes, esas pensiones no computan en la renta.
  • Pagos por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual que den derecho a deducir en el IRPF. Esto solo aplica a las adquiridas o reformadas antes de 2013.

Una vez rellenes esos datos, bastará con incluir la fecha y firmar el documento para después entregárselo a la empresa.

Con estos simples pasos habrás cumplido tu parte del acuerdo en lo relativo a las retenciones de IRPF. Después la empresa usará esos datos y los de tu salario para calcular cuánto te tiene que retener a cuenta del IRPF en la nómina.

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