La Audiencia Nacional condeno a CC.OO., UGT y USO por haber firmado los convenios colectivos de Prosegur y Securitas en los que se «anulaba» la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
En ambos convenios colectivos, aprobados y firmados por CC.OO., UGT y USO, se suprimen los pluses de transporte y vestimenta para compensar la subida del SMI.
Estas dos empresas de seguridad sistemáticamente eliminaron los pluses que sus trabajadores recibían, que rondaban los 40 euros mensuales, para pasar así a integrarlos en el salario base.
Posteriormente, CC.OO., UGT, USO y estas empresas de seguridad firmaron el convenio colectivo en el que se recogía la eliminación de estos pluses con carácter retroactivo a 1 de enero.
Sin embargo, la Audiencia Nacional les recuerda en la sentencia que la compensación y absorción de los pluses de transporte y vestuario con el nuevo salario base tras la subida del SMI «no es posible».
«No es posible legalmente compensar y absorber un concepto salarial y pluses extra salariales por cuanto el Estatuto de los Trabajadores contempla únicamente la compensación y absorción entre salarios, al igual que ocurre con el SMI», apunta la sentencia.
La Audiencia Nacional afirma que lo que hicieron ambas empresas en su convenio colectivo es «una técnica de neutralización» de los incrementos, de manera que el salario percibido realmente por la persona trabajadora no varía en este caso tras la aplicación del Real Decreto de subida del SMI.
Fuente: www.elindependiente.com
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